Kit Consulting
Programa de ayudas que permite a pymes diseñar la hoja de ruta para su transformación digital.
Descripción
Kit Consulting es un programa de ayudas del Gobierno de España dirigido a apoyar a las pequeñas y medianas empresas (pymes) en sus procesos de transformación digital para aumentar su uso de tecnologías digitales y competitividad.
Kit Consulting se articula en forma de “Bonos de Asesoramiento Digital”, una vez se concede la cantidad correspondiente, se podrá elegir la contratación de uno o varios servicios de asesoramiento y hacer uso del bono por el importe máximo de la ayuda que se haya concedido. Las pymes interesadas deberán esperar a la publicación de la convocatoria para la obtención de los bonos.
Red.es determinará el segmento al que corresponde la solicitud teniendo en cuenta los datos del número de trabajadores siendo el importe máximo de ayuda por beneficiario será el siguiente:
- Segmento A: Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000€
- Segmento B: Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 18.000€
- Segmento C: Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 24.000€
Los servicios de asesoramiento abarcan diferentes categorías: inteligencia artificial (IA), análisis de datos, ventas digitales, procesos de negocio/procesos de producción, estrategia y rendimiento de negocio, ciberseguridad, “360” en transformación digital.
Plazo de solicitud
Ámbito geográfico
Tipología de ayuda
Beneficio
Desde 12.000€ hasta 24.000€
Entidad convocante
Temática
Requisitos
- Tener la condición de empresa, según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
- Un volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado anterior al de la presentación de la solicitud de adhesión que sea igual o superior a 100.000 euros, o que la media del volumen neto de cifra de negocio de los últimos tres años fiscales cerrados desde la fecha de solicitud de adhesión sea superior a 100.000 euros.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Tener el domicilio fiscal en la Unión Europea. - Estar dado de alta en Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguna de las siguientes agrupaciones de actividades económicas:
- Para empresas Agrupación 84 – servicios prestados a las empresas y Agrupación 76 – comunicaciones y todos sus grupos.
- Para actividades profesionales: Agrupación 76. Profesionales de la Informática y de las Ciencias Exactas y todos sus grupos y Agrupación 79. Otros profesionales relacionados con las actividades financieras, jurídicas, de seguros y de alquileres, N.C.O.P.