Entidad convocante
Plazo de solicitud
Beneficio
Financiación para la puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía
Ámbito geográfico
Tema
Subvenciones destinadas a la promoción de proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía
El objetivo de la ayuda es apoyar la creación y consolidación de pequeñas empresas y microempresas en Andalucía mediante subvenciones a proyectos de inversión inicial
La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) pone en marcha las Subvenciones destinadas a la promoción de Proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía, una línea de apoyo económico orientada a fomentar el emprendimiento y la creación de nuevas actividades empresariales en el territorio andaluz.
Esta línea de ayudas forma parte de un conjunto de tres convocatorias orientadas al impulso económico regional:
- Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental.
- Proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES.
- Proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas.
La línea específica para nuevas empresas, enmarcada en el Programa Andalucía FEDER 2021-2027 y cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), tiene como finalidad respaldar proyectos de inversión inicial que superen los 30.000€, vinculados a la creación de un nuevo establecimiento operativo en Andalucía. La ayuda se concede en régimen de concurrencia no competitiva, atendiendo las solicitudes por orden de entrada hasta agotar el presupuesto disponible.
El importe de las ayudas se determina mediante un porcentaje del presupuesto subvencionable, resultado de la suma de los costes subvencionables relativos a la inversión en activos materiales e inmateriales y gastos.
El porcentaje inicial de ayuda a aplicar se establece en 55 puntos porcentuales. El porcentaje final para conceder se calculará como la suma del porcentaje inicial más los puntos correspondientes al cumplimiento de alguna de las características adicionales del proyecto que se detallan a continuación:
- Empresas promovidas mayoritariamente por mujeres o que cuenten con el certificado EFR (Empresa Familiarmente Responsable) a la fecha de presentación de la solicitud: 5% adicional.
- Alta y Media-Alta tecnología: 2% adicional.
- Proyectos que contribuyen a la estrategia S4Andalucia 2021-2027: 2% adicional.
- Proyectos de Economía Social y/o Proyectos de Colectivos Específicos: 2% adicional.
- Ubicación del proyecto: 2% adicional.
Por cada empleo adicional creado, en el establecimiento de ejecución del proyecto, con un máximo del 7%, siendo 2% si es empleo femenino y 1% si es empleo masculino.
Este presupuesto se compone de tres bloques:
- Activos materiales: maquinaria, instalaciones técnicas, mobiliario, equipos productivos, vehículos industriales vinculados directamente a la actividad, y obras de adecuación del local (sin incluir adquisición de inmuebles).
- Activos inmateriales: licencias tecnológicas, software específico, patentes, derechos de uso de tecnología, propiedad intelectual y aplicaciones digitales que mejoren la productividad.
- Gastos asociados al proyecto: estudios de viabilidad, planes de negocio, asesoramiento técnico o jurídico directamente vinculado a la puesta en marcha, y formación especializada relacionada con el proyecto.
Cabe añadir que, para el pago del 100% del importe de la subvención, será necesaria la previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad, proyecto u objetivo.
Requisitos
- Ser sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades laborales o empresarios individuales (autónomos, mutualistas, emprendedores de responsabilidad limitada).
- Ser una pequeña empresa o microempresa, conforme al Reglamento (UE) nº 651/2014.
- La empresa debe estar registrada con una antigüedad máxima de cinco años a la fecha de presentación de la solicitud.
- El proyecto debe implicar una inversión subvencionable superior a 30.000 euros.
- No haber asumido actividad de otra empresa, salvo que el volumen de negocio adquirido represente menos del 10% del total de la nueva empresa.
- Que todavía no haya distribuido beneficios.
- Que no hayan adquirido otra empresa o se hayan formado mediante concentraciones de empresas, salvo que el volumen de negocios de esa empresa adquirida suponga menos del 10% del volumen de negocios de la empresa subvencionable en el ejercicio financiero previo a la adquisición o que el volumen de negocios de la empresa formada mediante concentración sea superior en menos de un 10 % al volumen combinado de las dos empresas fusionadas en el ejercicio previo a su concentración.
- El proyecto debe ser viable técnica, económica y financieramente.
- El proyecto debe contemplar la creación de un establecimiento operativo en Andalucía.
- Que acredite una capacidad económica y financiera suficiente en relación con el importe de la inversión presentada. La determinación de dicha capacidad económica y financiera suficiente vendrá establecida por:
- Pyme con menos de tres ejercicios contables cerrados:
- Si el presupuesto es menor o igual a 500.000 euros debe acreditar un capital social igual o superior al 15% de la inversión.
- Si el presupuesto está entre 500.000 y 1.200.000 euros debe acreditar un capital social igual o superior al 20% de la inversión.
- Si el presupuesto es superior a 1.200.000 debe acreditar un capital igual o superior al 25% de la inversión.
- Pyme con tres o más ejercicios contables cerrados:
- Si el presupuesto es menor o igual a 500.000 euros debe acreditar unos Fondos propios iguales o superiores al 15% de la inversión.
- Si el presupuesto está entre 500.000 y 1.200.000 euros debe acreditar unos Fondos propios iguales o superiores al 20% de la inversión.
- Si el presupuesto es superior a 1.200.000 debe acreditar unos Fondos propios iguales superiores al 25% de la inversión.
- Pyme con menos de tres ejercicios contables cerrados:
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