FAIIPPP

Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP)

El FAIIP tiene la finalidad de prestar apoyo financiero retornable para promover inversiones de carácter industrial que contribuyan a favorecer el desarrollo y la competitividad.

Descripción

El FAIIP, dotado con 1.800 millones de euros para inversión, financia sociedades mercantiles privadas y cooperativas que desarrollan o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia del tamaño, apoyando actuaciones orientadas a la sostenibilidad ambiental.

Entre las tipologías de proyectos financiadas por el FAIIP, caben destacar:

  • Creación de establecimientos industriales, financiando el inicio de nuevas actividades industriales productivas.
  • Traslado de establecimientos industriales, financiando las actuaciones orientadas al cambio de localización hacia cualquier punto del territorio nacional.
  • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción y procesos, financiando actuaciones que permitan la modernización de líneas de producción y proceso existentes.
  • Industria conectada 4.0 y sostenibilidad ambiental, apoyando proyectos que promuevan la transformación digital, el desarrollo tecnológico y la innovación de procesos para impulsar la competitividad del sector industrial.

 

Plazo de solicitud

15 Junio 2021 al 31 Diciembre 2024

Ámbito geográfico

Estatal

Tipología de ayuda

Préstamos

Beneficio

El importe a conceder será hasta el 75% sobre el presupuesto financiable del proyecto, con un importe de las operaciones entre los 200.000 y los 60 millones de euros.

Entidad convocante

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Empresa Pública de Financiación Empresarial (SEPIDES).

Temática

Innovación y desarrollo empresarial

Beneficiarios

Sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, con domicilio social y establecimiento en España, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público.

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Requisitos

Se entenderá que el solicitante desarrolla o va a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales si el proyecto para el que solicita financiación se encuadra en alguna de las siguientes actividades:

  • Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
  • Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
  • Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial.
  • Actividades de servicios a la industria:
    • Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12
    • Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera.

 

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